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Capitulaciones

¿Qué debe contener unas capitulaciones matrimoniales?

Quien busca un modelo suele buscar lo que no toca. Unas capitulaciones no son un formulario, sino una selección a partir de unos pocos bloques, y esa selección depende de su patrimonio y del diseño previsto de su matrimonio. Este texto muestra los bloques y dice para qué sirve cada uno.

Karcher Rechtsanwälte en Fráncfort del Meno, centrado en el divorcio de mutuo acuerdo y el derecho de familia internacional. Asesoramiento en alemán, inglés y español.

Parte de nuestra guía Capitulaciones matrimoniales

De qué se componen unas capitulaciones

Unas capitulaciones matrimoniales se arman con seis bloques, y muy pocas escrituras necesitan todos. Empiezan con un preámbulo y regulan después el régimen económico, la compensación de pensiones y la pensión posterior al divorcio. Si hay elemento extranjero se suma una , y las disposiciones finales cierran el conjunto.

Los tres bloques centrales son las verdaderas palancas. Corresponden a los tres ámbitos que la ley regula por igual para todos los matrimonios cuando no hay contrato. En esos tres ámbitos, y solo en ellos, unas capitulaciones pueden apartarse de la ley § 1408 BGB.

El preámbulo se subestima con regularidad

El preámbulo describe la situación de partida, es decir, edad, profesión, ingresos y patrimonio de ambas partes. A ello se añaden el motivo del contrato y la idea común de cómo debe transcurrir el matrimonio en lo económico. No ordena consecuencia jurídica alguna y, aun así, suele ser la parte más importante de la escritura.

Su valor está en el control judicial. Ambas fases preguntan por las circunstancias al firmar y por la planificación de entonces, a menudo quince años después. Sin preámbulo queda una versión frente a otra. Con él consta por escrito que ambas partes tenían la misma expectativa y en qué se fundaba la renuncia de una de ellas.

Resulta útil también donde se pactó una contraprestación. Una indemnización, un inmueble o una aportación periódica a la previsión de vejez convencen mucho más si la escritura dice para qué estaban previstos.

El bloque del régimen económico

El régimen económico es el bloque con mayor margen. Hay cuatro formas disponibles §§ 1408, 1414 BGB. La Zugewinngemeinschaft (participación en las ganancias) legal se mantiene, la Gütertrennung (separación de bienes) desconecta el reparto. La Gütergemeinschaft (comunidad de bienes) une ambos patrimonios y sigue siendo rara en la práctica. Y las ganancias modificadas sacan valores concretos del cálculo o limitan el .

Para empresas, despachos y participaciones societarias, las ganancias modificadas son casi siempre la solución más adecuada. En esos casos cuatro puntos corresponden a la escritura:

  • Qué valores se excluyen, nombrados con la precisión suficiente para que un tercero los identifique.
  • Si los incrementos de valor y los bienes subrogados también quedan fuera, por ejemplo el precio de una venta posterior.
  • Con qué método se valora una empresa cuando sí entra en el cálculo.
  • Cómo se paga, es decir, vencimiento, cuantía de los plazos, intereses y garantías.

Un punto expresamente no cabe aquí. Antes de que termine el régimen, ningún cónyuge puede obligarse a disponer del futuro crédito de compensación § 1378 Abs. 3 S. 3 BGB. Es lícito modificar las reglas del reparto de ganancias; no lo es disponer de antemano del crédito que de él nace. Esa línea parece sutil y en la práctica cuesta cláusulas enteras.

Qué forma es la adecuada lo trata Excluir o modificar el reparto de ganancias.

El bloque de la compensación de pensiones

Los pactos sobre la compensación de pensiones son admisibles § 6 Abs. 1 VersAusglG, pero deben superar un y de ejercicio § 8 Abs. 1 VersAusglG. Mientras no existan obstáculos de validez ni de ejecución, el tribunal de familia queda vinculado al pacto § 6 Abs. 2 VersAusglG.

Este bloque tiene sentido sobre todo en matrimonios cortos, con derechos aproximadamente iguales y en matrimonios donde ambos siguen trabajando de forma continuada. Donde una parte cuida a los hijos y por eso trabaja a tiempo parcial, la exclusión total es en cambio el clásico entre las cláusulas que caen ante el tribunal.

Entre la exclusión y el régimen legal hay formas intermedias que a menudo se sostienen mejor. El reparto puede limitarse a derechos concretos, acotarse a un periodo determinado del matrimonio o sustituirse por una indemnización. Más sobre ello en Cuándo decae la compensación de pensiones.

El bloque de la pensión posterior al divorcio

La pensión es el más estrecho de los tres, porque es el que está más cerca del núcleo del derecho de los efectos del divorcio. La pensión por cuidado de los hijos comunes queda en buena medida al margen de la configuración, mientras que la pensión por desempleo y la complementaria admiten una regulación mucho más libre.

Han dado buen resultado un límite de cuantía, una limitación temporal, una base de cálculo definida y una cláusula de apertura para el caso de que lleguen hijos comunes. Cómo son en detalle esas cuatro configuraciones figura en La pensión compensatoria en las capitulaciones.

El bloque de la elección de ley

Este bloque solo lo necesitan las parejas con elemento extranjero, y para ellas suele ser el más valioso. El derecho del régimen económico, el del divorcio y el de los alimentos siguen tres reglamentos distintos, y cada uno permite una elección de ley propia dentro de sus propios límites.

Un vínculo con el extranjero aparece antes de lo que se piensa. Basta una nacionalidad extranjera, y también un año fuera al comienzo del matrimonio o un apartamento de vacaciones al otro lado de la frontera. Los detalles los trata Elección de ley en capitulaciones para parejas binacionales.

El bloque de las disposiciones finales

Las disposiciones finales parecen fórmulas de trámite y aun así deciden bastante en un litigio. Cuatro cláusulas merecen atención.

  • La condición. Unas capitulaciones celebradas antes de la boda se someten razonablemente a la condición de que el matrimonio llegue a celebrarse. Sin esa cláusula subsiste una escritura cuya base ha desaparecido.
  • La cláusula de salvaguarda. Ordena que el resto del contrato siga siendo válido si cae una regulación aislada. Ayuda, pero no decide por sí sola, porque el tribunal valora el contrato en su conjunto.
  • La cláusula de revisión. Ambas partes se comprometen a repasar juntas el contrato en intervalos fijos o tras determinados acontecimientos, por ejemplo el nacimiento de un hijo. No fuerza ninguna modificación, pero documenta que el contrato debía crecer con el matrimonio.
  • El reparto de costes. Quién paga al notario y el asesoramiento jurídico corresponde a la escritura. Si la parte económicamente más fuerte asume también el asesoramiento de la otra, ese es un argumento sólido frente al reproche posterior de que faltó asesoramiento independiente.

Qué no cabe en unas capitulaciones

Tres puntos aparecen una y otra vez en los borradores y allí no producen efecto.

La custodia y el no pueden fijarse de forma vinculante para el caso de una futura separación. Sobre ambas decide el tribunal de familia con el criterio del interés del menor, y ese criterio atiende a la situación en el momento de resolver.

La corresponde al hijo, y a ella nadie puede renunciar para el futuro § 1614 Abs. 1 BGB. Sigue siendo posible una indemnidad interna entre los padres, aunque hacia fuera no vincula a nadie.

Las disposiciones sucesorias corresponden en rigor a un instrumento propio. Una renuncia a la herencia o a la legítima es un contrato aparte y también está sujeta a escritura notarial §§ 2346, 2348 BGB. Ambas pueden otorgarse en una sola cita, y eso además es sensato; conceptualmente siguen siendo dos asuntos que deben examinarse por separado.

Por qué los modelos de internet fallan en el mismo punto

Un modelo puede aportar los bloques, pero la selección no se la quita a usted nadie. En la selección está el trabajo, y de ella depende después si el contrato supera el control de contenido.

Del asesoramiento a autónomos viene además una observación que no figura en ningún modelo. Muchos contratos de sociedad obligan a los socios a vincular a su cónyuge en lo económico y exigen una prueba de ello. Quien no la aporta se expone a sanciones que llegan hasta la amortización de su participación. Quien redacta unas capitulaciones sin poner al lado el contrato de sociedad puede estar escribiendo al margen de su propia participación.

Antes del borrador necesitamos, por tanto, cuatro cosas:

  • una relación patrimonial de ambas partes,
  • el contrato de sociedad cuando hay participaciones,
  • la información actual de pensiones de ambas partes,
  • una breve descripción de cómo debe verse el matrimonio en lo económico.

De ahí resulta la selección de bloques y con ella el valor del negocio del que depende el arancel notarial.

En este despacho Dietrich Karcher lleva el régimen económico, el patrimonio empresarial y los inmuebles. La compensación de pensiones, la pensión y todo lo relativo a los hijos están con Mieke Karcher. La consulta tiene lugar en la Frankenallee de Fráncfort-Gallus o por videollamada, en alemán, inglés o español.

Dietrich Karcher
Dietrich Karcher

Abogado · titular del despacho

Más de treinta años de experiencia profesional en todo el derecho civil, además de años en el sector inmobiliario, como empresario autónomo y como jefe del departamento inmobiliario de un banco regional.

Aviso legal: Este artículo sirve a la información general y no sustituye el asesoramiento jurídico en el caso concreto. Las leyes, los plazos y los importes mencionados reflejan la situación en el momento de su publicación y pueden cambiar. Una valoración vinculante solo se obtiene en una consulta personal.

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