Custodia
¿Termina la custodia conjunta con la separación?
No. Los progenitores casados conservan la custodia conjunta, también después del divorcio.
La custodia exclusiva solo existe a petición de parte, y solo si beneficia más al hijo (§ 1671 BGB). El día a día lo organiza, de todos modos, el progenitor con quien vive el hijo. Solo las grandes decisiones las toman ambos juntos (§ 1687 BGB).
Distinto para los progenitores no casados. Ahí la madre tiene primero la custodia exclusiva, hasta que una declaración de custodia, el matrimonio o el tribunal establecen la custodia conjunta (§ 1626a BGB).