En el régimen legal de participación en las ganancias, el patrimonio de cada cónyuge permanece separado durante el matrimonio. Solo en el divorcio se compara quién ha ganado más durante la unión – y esa ganancia se compensa por la mitad.
Fundamento
Cómo surge el crédito de compensación
Para cada cónyuge la calculadora forma la ganancia: patrimonio final menos patrimonio inicial (§ 1373 BGB). Una ganancia negativa cuenta como cero. Quien haya obtenido la mayor ganancia debe al otro la mitad de la diferencia (§ 1378 apdo. 1 BGB).
Se compensa solo el incremento, no el patrimonio en sí.
Con la fecha de la boda y la de referencia, la calculadora actualiza el patrimonio inicial al poder adquisitivo (§ 1376 BGB) – así se descuenta la inflación. Las herencias y donaciones se computan como patrimonio inicial privilegiado (§ 1374 apdo. 2 BGB) y quedan exentas. Y el crédito tiene tope: el deudor no paga más que su patrimonio final existente (§ 1378 apdo. 2 BGB).
Contexto
Lo que la calculadora no puede hacer
La calculadora es una ilustración. No refleja la valoración de inmuebles, empresas o seguros de vida, las fechas de valoración, los derechos de información y de aportación de documentos ni los casos especiales. Cómo acreditar y hacer valer su patrimonio inicial y final lo explicamos en nuestra página de reparto de bienes.
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